El gobierno peruano mediante Decreto Supremo y sin mostrar el análisis técnico que lo sustente, declaro de interés nacional la instalación de plantaciones del Piñón (Jatropha curcas) e Higuerilla (Ricinus communis) para la producción de biocombustibles.
Mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-AG de fecha 19 de Julio de 2008 y publicada el 20 de Julio del presente año, se decreta declarar de interés nacional la instalación de plantaciones de Piñón (Jatropha curcas) e Higuerilla (Ricinus communis) como alternativa para promover la producción de biocombustibles en la Selva, por sus ventajas como la producción de aire limpio, siendo su utilización de primera prioridad conforme a los términos del protocolo de Kyoto del que Perú es miembro.
Así mismo este decreto encarga al Programa para el Desarrollo de la Amazonía PROAMAZONÍA, para que en coordinación con la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, la elaboración en un plazo de 30 días útiles del Plan Nacional de Promoción de Piñón e Higuerilla. Siendo labor del INRENA determinar las áreas deforestadas con potencial para el desarrollo de las plantaciones de Piñón o Higuerilla. Se faculta al MINAG para dictar las normas complementarias que sean necesarios para la aplicación de lo dispuesto por el presente Decreto Supremo.
Las tierras que otorgue el Estado para el desarrollo de plantaciones de Jatropha o Piñón y la Ricinos communis o Higuerilla, no podrán ser utilizadas con fines distintos. El cumplimiento de esta disposición dará lugar a la reversión de las áreas a favor del Estado.